GLOSARIO ARTICULO 20
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
1.
Constitución Política del Estado de Tamaulipas.- La
Constitución Política del Estado es la norma jurídica suprema positiva que rige
la organización de un Estado, estableciendo: la autoridad, la forma de
ejercicio de esa autoridad, los límites de los órganos públicos, definiendo los
derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos y garantizando la libertad
política y civil del individuo.
2.
Territorio.-Se
denomina territorio a un área (incluyendo tierras, aguas y espacio
aéreo) donde siempre cuenta con la posesión de una persona, organización,
institución, Estado o
un país.
3.
Nacionalidad.-
Condición que reconoce a una persona la pertenencia a un estado o nación, lo
que conlleva una serie de derechos y deberes políticos y sociales, la
nacionalidad se obtiene por nacimiento o por naturalización.
4.
Libertad.- Facultad y derecho de las personas para
elegir de manera responsable su propia forma de actuar dentro de una sociedad,
la libertad es un derecho humano básico
5.
Independencia.-
es la formación o la restauración de un país inmediatamente
después de la separación de otro del que sólo formaba una parte.
6.
Gobernador.-
Funcionario político o administrativo, responsable de la dirección de
los estados, provincias o dependencias.
7.
Diputados.-
nombre que recibe la persona integrante de una Cámara de Diputados, Asamblea
Nacional, Asamblea Legislativa o Cámara de Representantes y, en
general, de un Parlamento en varios países. Su labor es discutir y
aprobar las leyes que reglamentan la conducta de una sociedad dada.
8.
Integrantes
de los Ayuntamientos.-Un Presidente Municipal, Los Síndicos (de acuerdo al
número de población), Los Regidores (el número que establezca la ley).
9.
Representación
Estatal.-es el acto mediante el cual un representante (sea este gobernante o
legislador) actúa en nombre de un representado (elector en el caso de las democracias)
para la satisfacción de sus intereses.
10.
Representación Municipal.-
11.
Ideología
Partidista.- es un conjunto de ideas relacionadas
entre sí, acerca de la realidad, sistema general
o sistemas existentes
en la práctica de la sociedad respecto a lo económico,
lo social,
lo científico-tecnológico,
lo político,
lo cultural,
lo moral,
lo religioso,
etc. y que pretenden la conservación del sistema (ideologías conservadoras),
su transformación (que puede ser radical y súbita, revolucionaria,
o paulatina –ideologías reformistas–), o la restauración de un sistema previamente
existente (ideologías reaccionarias).
12.
Postulación.-
Petición de donativos con fines benéficos.
13.
Organizaciones
Gremiales.- Tuvo como objetivo conseguir un equilibrio entre la demanda
de obras y el número de talleres activos, garantizando el trabajo a sus
asociados, su bienestar económico y los sistemas de aprendizaje. Se ha
sostenido que el gremio fue un precedente del sindicato moderno.
14.
Reglas
de Financiamiento.- La financiación de las formaciones políticas proviene
de dos fuentes: las contribuciones de los particulares y el financiamiento
público.
15.
Informes
Financieros.- Son informes que utilizan las instituciones para dar a
conocer la situación económica y financiera y los cambios que experimenta la
misma a una fecha o periodo determinado.
16.
Publicidad.-
Difusión o divulgación de información, ideas u opiniones de carácter político,
religioso, comercial, etc., con la intención de que alguien actúe de una
determinada manera, piense según unas ideas o adquiera un determinado producto.
17.
Disponibilidades
Presupuestales.-Es el documento mediante el cual se garantiza el principio de
legalidad, es decir, la existencia del rubro y la apropiación presupuestal
suficiente para atender un gasto determinado.
18.
Equidad.-
Cualidad que consiste en dar a cada uno lo que se merece en función de sus
méritos o condiciones.
19.
Distribución
Igualitaria.- Es una cualidad que debería lograrse y estar presente en cada uno
de los ámbitos en los cuales los seres humanos intervenimos, porque solamente
su presencia será garantía de trato y reparto justo.
20.
Elección
de Diputados de Mayoría Relativa.- La elección por mayoría relativa es la
que conocemos comúnmente como "mayoría simple", es decir, el que
tenga más votos es el que gana.
21.
Procesos
Internos de Selección de Candidatos.-Los procesos internos para la selección de
candidatos a cargos de elección popular son el conjunto de actividades que
realizan los partidos políticos y los precandidatos acorde al Cofipe,
estatutos, reglamentos, acuerdos y demás disposiciones de carácter general que
aprueben los órganos de dirección de cada partido político.
22.
Tope
de Gastos de Campaña.- la intención de fijar condiciones de equidad en la
contienda electoral, así como para establecer límites al gasto excesivo en las
campañas electorales, la ley electoral ha establecido un tope máximo de gasto
de campaña para los candidatos de los partidos políticos nacionales al cargo de
diputado federal, senador o Presidente de la República.
23.
Procedimientos
Para la Liquidación de los Partidos.- El interventor será designado por
insaculación de la lista de especialistas en concursos mercantiles con
jurisdicción nacional y registro vigente que el IFECOM publique en Internet,
dicha lista será sometida a la consideración de los partidos políticos y
validada por la Unidad de Fiscalización en el mes de febrero de cada año y será
publicada en el Diario Oficial.
24.
Estado.-Comunidad
social con una organización política común y un territorio y órganos de
gobierno propios que es soberana e independiente políticamente de otras
comunidades.
25.
Ámbito
de Competencia.- Marco en el que una autoridad puede practicar sus
competencias.
26.
Cargos
de Elección Popular.-La elección popular tiene lugar cuando el ciudadano otorga
su voto a un candidato para que desempeñe un cargo en la administración pública
municipal, estatal o federal, así como en las legislaturas locales y federal.
27.
Mensajes
Contratados en el Extranjero.-
28.
Denigrar
a las Instituciones. Los partidos políticos pueden denigrar en su propaganda
a sus adversarios o a las instituciones como parte de la libertad de expresión
garantizada por la Constitución.
29.
Calumniar
a las Personas.- consiste en la imputación falsa a una persona de la
comisión de un hecho que la ley califique como delito, a
sabiendas de que éste no existe o de que el imputado no es el que lo cometió.
30.
Medios
de Comunicación Social.-Tradicionalmente el término se refiere a la radio, la
televisión, la prensa y el cine. Se considera que son, en la actualidad, los
más poderosos instrumentos para impulsar o modificar la cultura, capaces de
construir o destruir.
31.
Poderes
Federales.- Poder EJECUTIVO Poder LEGISLATIVO Poder JUDICIAL.
32.
Poderes
Estatales.- Normas, reglamentos y leyes.
33.
Poderes
Municipales.- está vinculado a las instituciones y los organismos que
permiten ejecutar las medidas de gobierno en
el municipio en cuestión.
34.
Gobierno
de Distrito Federal.- es el
conjunto de instituciones políticas y administrativas que rigen la capital mexicana, conforme a lo establecido por
la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del
Distrito Federal y por las demás disposiciones legales aplicables
emitidas por el Congreso de la Unión y la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal.
35.
Servicios
Educativos.- es una estructura formada por diversos componentes
que permiten educar a la población. Las escuelas, las universidades,
las bibliotecas y los docentes, entre otros, forman parte de este
sistema.
36.
Servicios
de Salud.- la actividad que consiste en realizar una cierta acción
para satisfacer una necesidad. Por lo general, los servicios implican
brindar algo que no es material, a diferencia de los productos que son bienes
materiales.
37.
Servicios
de Protección Civil.- es un sistema por el que cada país proporciona la
protección y la asistencia para todos ante cualquier tipo de desastre o
accidente relacionado con esto, así como la salvaguarda de los bienes del
conglomerado y del medio ambiente.
38.
Sanción
por Incumplimiento.- La cláusula penal establecida suele consistir en el pago
de una cantidad como indemnización por el incumplimiento, pero también pueden
consistir en dar, hacer o no hacer algo para el caso de
contravenir la obligación principal.
39.
Equidad
de Genero.- significa que mujeres y hombres, independientemente de sus
diferencias biológicas, tienen derecho a acceder con justicia e igualdad al
uso, control y beneficio de los mismos bienes y servicios de la sociedad, así
como a la toma de decisiones en los ámbitos de la vida social, económica,
política.
40.
Autoridad
Administrativa Electoral.- La autoridad electoral tiene un gran interés en
asegurar que los educadores electorales tengan la información que necesiten y
la distribuyan de la forma más amplia posible.
41.
Instituto
Electoral de Tamaulipas.-
42.
Facultad
Reglamentaria.- Es la facultad del ejecutivo de expedir normas jurídicas
abstractas e impersonales para facilitar la aplicación de cada una de las
leyes. Los reglamentos son normatividad, materialmente son leyes, formalmente
no son leyes porque no las hizo el legislativo.
43.
Relaciones
de Mando.- es un sistema de envío de información característico de organizaciones con
estructuras jerárquicas fuertes, verticales y autoritarias, como lo son las
organizaciones político-partidarias y las militares,
en donde las órdenes, recompensas y penalizaciones fluyen desde la punta de la
pirámide organizacional a la base, y donde se espera que hacia la cima de la
misma solo fluyan las informaciones requeridas, de las actividades y tareas
encomendadas.
44.
Personal
Calificado.- Es el que posee la autoridad, el respeto y prestigio: un
especialista Calificado. Que posee los requisitos necesarios para algo, para la
tarea o trabajo al que se dedica. No calificado es que le falta conocimiento o
destreza para la tarea.
45.
Servicio
Profesional de la Función Electoral.- El Estado como una atribución que le
corresponde de manera directa e inmediata (al margen de que pueda concitar para
el ejercicio de tal atribución la participación de otros sujetos individual o
colectivamente considerados).
46.
Ciudadanos
Insaculados.-El procedimiento de elegir alcaldes,
regidores u otros oficiales de justicia y de gobierno poniendo en un saco, bolsa o cántaro
ciertas bolillas o cédulas. Es una de las forma de realizar por sorteo la
elección ciega de una o más personas para los correspondientes
puestos o responsabilidades.
47.
Funcionarios
Electorales.-Son funcionarios electorales las personas vinculadas a
un Organismo Electoral por una relación de subordinación funcional o
jerárquica, permanente o temporal.
48.
Autonomía
Técnica.-La autonomía técnica que implica libertad de cátedra.
49.
Finanzas
de los Partidos.-Su objetivo principal es homologar los estándares con los
que se organizan los procesos electorales federales y locales y así,
garantizar altos niveles de calidad en nuestra democracia electoral.
50.
Órgano técnico.- Conjunto de elementos personales que desarrollan una
función típica que adquiere para ellos un sentido de finalidad, diferenciado e
independizado del resto de los órganos.
51.
Renovación escalonada.- determinación
de la duración del cargo de cada magistrado.
52.
Consejero sustituto.-
53.
Reelección inmediata.- que un presidente en ejercicio pueda volver a
postularse para el cargo en las elecciones inmediatamente posteriores.
54.
Convocatoria abierta.- Una convocatoria es un anuncio o un
escrito con el cual se convoca a un determinado evento o acontecimiento que se
producirá.
55.
responsabilidad oficial.-
56.
Empleo.- Trabajo que se realiza a cambio de un salario.
57.
Cargo.- Función
de la cual una persona tiene la responsabilidad en una organización, un
organismo o una empresa.
58.
Comisión remunerada.-
59.
Asociaciones docentes.-
60.
Asociaciones científicas.- asociación de profesionales, investigadores, especialistas o eruditos de una rama del conocimiento o de las ciencias en general, que les permite reunirse, exponer los resultados de sus
investigaciones, confrontarlos con los de sus
colegas o especialistas de los mismos dominios del conocimiento, y difundir sus
trabajos a través de publicaciones especializadas.
61.
Asociaciones culturales.-
62.
Asociaciones de investigación.-
63.
Asociaciones de beneficencia.- conjunto de instituciones que la
administración pone de forma gratuita a disposición de los más necesitados para
proporcionarles sustento y desarrollo físico y personal.
64.
Representante propietario.-
65.
Representante suplente.- depende
para actuar de lo que estatuariamente se haya establecido, las posibilidades
son varias: Actuar al tiempo con el principal o actuar solo ante sus
faltas, ausencias temporales o definitivas, etc.
66.
Normas internas del partido.- se refiere a la creación de los
principios del sistema democrático en el interior de las organizaciones
políticas teniendo en cuenta, los factores sociales que intervienen y sus
relaciones.
67. Geografía
electoral.- es la representación gráfica en todo tipo de mapas, en los
cuales se plasma total o parcialmente diversas características del territorio
nacional a una escala proporcional a su dimensión real.
En esta sección encontrará los productos
cartográficos básicos descargables, que permiten conocer las circunscripciones,
el estado, distrito, municipio y la sección electoral.
68.
Demarcaciones de los distritos electorales.- se refiere al trazo de las líneas que definen los límites de los
distritos electorales. Un distrito electoral es una unidad administrativa para
el conteo de votos.
69.
Impresión de materiales electorales.- destacan la emisión de las reglas,
lineamientos, criterios y formatos en materia de impresión de documentos y
producción de materiales electorales.
70.
Preparación de la jornada electoral.- También se le denomina día de las
elecciones; una gran parte del electorado concentra su atención en estas
horas y en la información de los resultados, sin conocer ni enterarse de la
inmensa cantidad de actos preparatorios y posteriores a la jornada electoral.
71.
Cómputos electorales.- Constituyen la conclusión del proceso de escrutinio
entendido en sentido amplio e implican el recuento de los votos, la transmisión
y publicación de los mismos por parte de los organismos competentes y la
proclamación de los candidatos ganadores o de la opción vencedora.
72.
Declaración de validez.-
73.
Otorgamiento de constancias.-
74.
Observación electoral.- es una disciplina técnica del Derecho Electoral cuyo objetivo
es impedir el fraude en los plebiscitos y votaciones populares. También se le
denomina logística, supervisión o monitorización electoral.
75.
Encuestas electorales.- Es una técnica de investigación social que permite conocer
las opiniones y actitudes de una colectividad por medio de un cuestionario que
se aplica a un reducido grupo de sus integrantes al que se denomina muestra.
76.
Sondeos de opinión.- Es una medición estadística tomada a partir de encuestas
destinadas a conocer la opinión pública.
77.
Justicia electoral.- se
compone de los diversos medios de impugnación o control de los actos y procedimientos
electorales. Dichos medios están diseñados para garantizar la regularidad de
las elecciones y que las mismas se ajusten a los principios de
constitucionalidad y legalidad. Mediante la aplicación de la justicia electoral
se resuelven los conflictos electorales y se corrigen eventuales infracciones a
la normatividad correspondiente.
78.
Protección de los derechos políticos de los
ciudadanos.- Son
derechos fundamentales que tiene todo ciudadano para intervenir en actividades
que se encuentren relacionadas con el Estado, en el ejercicio de la función
política.
79.
Votar.- es
el acto por el cual un individuo expresa
apoyo o preferencia por cierta moción, propuesta, candidato, o selección de candidatos durante una votación, de forma
secreta o pública. Es, por tanto, un método de toma de decisiones en el que un
grupo, tal como una junta o un electorado, trata de medir su opinión conjunta.
80.
Ser votado.- Significa que puedes ser elegido para
ocupar un cargo. Es el derecho que tiene un ciudadano de poder
ocupar un puesto de elección popular.
81.
Derecho de asociación.- Es un derecho humano que consiste en liberar los estados del municipio y a la
facultad de unirse y formar grupos, asociaciones u organizaciones con objetivos lícitos, así como retirarse de las mismas. La
libertad o el derecho de asociación supone la libre disponibilidad de los
miembros individuos para constituir formalmente agrupaciones permanentes o personas jurídicas encaminadas a la consecución de fines específicos.
82.
Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado. Es un órgano especializado del Poder
Judicial de la Federación, encargado de resolver controversias en materia
electoral y proteger los derechos político-electorales de los ciudadanos, es
decir, de impartir justicia en el ámbito electoral.
83.
Recuentos totales
84.
Recuentos parciales de votación
85.
Causales de nulidad de las elecciones.- ARTICULO 75
LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACION EN MATERIA ELECTORAL. 1.
La votación recibida en una casilla será nula cuando se acredite cualesquiera
de las siguientes causales: a) Instalar la casilla, sin causa justificada, en
lugar distinto al señalado por el Consejo Distrital correspondiente; b)
Entregar, sin causa justificada, el paquete que contenga los expedientes
electorales al Consejo Distrital, fuera de los plazos que el Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales señale; c) Realizar, sin causa
justificada, el escrutinio y cómputo en local diferente al determinado por el
Consejo respectivo; d) Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para
la celebración de la elección; e) Recibir la votación personas u órganos
distintos a los facultados por el Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales; f) Haber mediado dolo o error en la computación de
los votos y siempre que ello sea determinante para el resultado de la votación;
g) Permitir a ciudadanos sufragar sin Credencial para Votar o cuyo nombre no
aparezca en la lista nominal de electores y siempre que ello sea determinante
para el resultado de la votación, salvo los casos de excepción señalados en el
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y en el artículo
85 de esta ley; h) Haber impedido el acceso de los representantes de los
partidos políticos o haberlos expulsado, sin causa justificada; i) Ejercer
violencia física o presión sobre los miembros de la mesa directiva de casilla o
sobre los electores y siempre que esos hechos sean determinantes para el
resultado de la votación; j) Impedir, sin causa justificada, el ejercicio del
derecho de voto a los ciudadanos y esto sea determinante para el resultado de
la votación; y k) Existir irregularidades graves, plenamente acreditadas y no
reparables durante la jornada electoral o en las actas de escrutinio y cómputo
que, en forma evidente, pongan en duda la certeza de la votación y sean determinantes
para el resultado de la misma.
86.
Tipificación de los delitos electorales.- La tipificación de una determinada
conducta como delito o falta electoral es algo que corresponde decidir al
propio legislador, atendiendo al efecto a los criterios que estime oportunos en
cada momento, criterios que varían según los países, por lo que no es extraño
observar que un mismo hecho puede ser castigado como delito en un país o
sancionado como falta en otro. Y se entiende como Delito Electoral aquellas
acciones u omisiones que, de una u otra forma, atentan contra los principios de
objetividad, transparencia, igualdad y libertad, que han de regir
un sistema electoral democrático.
87.
Investigación de los delitos electorales.-
88.
Fiscalía especializada en materia electoral.-
La Fiscalía Especializada
para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) es el organismo de la
Procuraduría General de la República responsable de atender en forma
institucional, especializada y profesional, lo relativo a los delitos
electorales federales contenidos en el Título Vigésimo cuarto del Código Penal
Federal.
Es una de las autoridades
encargadas de garantizar la equidad, legalidad y transparencia de las
elecciones federales y locales en los casos que resultan de su competencia.
89.
Magistrado Presidente.-
Es la denominación utilizada
para designar al juez o magistrado que preside la Corte Suprema(o Tribunal
Supremo) en la mayoría de los países con sistemas jurídicos basados o
influenciados por el Derecho continental.
90.
Magistrados Electorales.-
91.
Supremo Tribunal de Justicia del Estado.- vigilará que la
administración de justicia en el Estado sea pronta, completa, gratuita e
imparcial, dictando al efecto las medidas que fueren necesarias.
92.
Congreso del Estado.- es el órgano encargado de la elaboración de las leyes que
regulan las conductas sociales en nuestra entidad, constituyéndose en Pleno
Legislativo, con quórum legal, en sesiones ordinarias o extraordinarias,
públicas o reservadas cuando su naturaleza lo requiera, y solemnes.
93.
Elección escalonada.-
94.
Plenitud de jurisdicción.- estriba en conseguir resultados
definitivos en el menor tiempo posible, de modo que la sentencia debe otorgar
una reparación total e inmediata, mediante la sustitución a la autoridad
responsable en lo que ésta debió hacer en el acto o resolución materia de la
impugnación, para reparar directamente la infracción cometida.
95.
Fuerza coactiva del Estado.- El Estado tiene el monopolio del uso
de la fuerza coactiva para hacer cumplir lo dispuesto en el derecho, que es lo
que nos indica cómo debemos comportarnos, establece pautas de comportamiento,
algo común de todos los sistemas normativos. La diferencia entre un sistema
normativo y uno jurídico estatal es el uso de un aparato coactivo
institucionalizado. La principal manera de hacer uso de la fuerza es la
sanción.
96.
Ejecutorias.- Documento público en el que se consigna una sentencia firme.
97.
Criterios de jurisprudencia.- La jurisprudencia por reiteración del pleno de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación se establece cuando se sustente un mismo criterio en cinco sentencias no interrumpidas por otra
en contrario, resueltas en diferentes sesiones, por una mayoría de cuando menos
ocho votos.
98.
Secretario General de Acuerdos.- está dotado de fe
pública. Ello significa que tienen credibilidad, juris tantum, los asientos que formulan en los expedientes, en el
ejercicio sus atribuciones. Lo establecido documentariamente por los
Secretarios, en ejercicio de sus funciones, tienen valor probatorio pleno,
salvo prueba en contrario.
99.
Secretario de Estudio y Cuenta.- es un funcionario de un órgano
jurisdiccional, ya sea juzgado, tribunal o Suprema Corte. La función del secretario es la de estudiar cualquier planteamiento jurídico que llegue
al órgano jurisdiccional donde labora. Puede ser el estudio de un expediente,
una demanda, un escrito de pruebas o una simple petición de copias.
100.
Presupuesto del Poder Judicial del Estado.-
101.
Dirigencia partidista.- persona (as) que se inclina favorablemente a una ideología o grupo cuando debe ser imparcial.
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