miércoles, 8 de junio de 2016

Glosario 3

GLOSARIO ARTICULO 20
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO

1.           Constitución  Política del Estado de Tamaulipas.- La Constitución Política del Estado es la norma jurídica suprema positiva que rige la organización de un Estado, estableciendo: la autoridad, la forma de ejercicio de esa autoridad, los límites de los órganos públicos, definiendo los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos y garantizando la libertad política y civil del individuo.
2.           Territorio.-Se denomina territorio a un área (incluyendo tierras, aguas y espacio aéreo) donde siempre cuenta con la posesión de una persona, organización, institución, Estado o un país.
3.           Nacionalidad.- Condición que reconoce a una persona la pertenencia a un estado o nación, lo que conlleva una serie de derechos y deberes políticos y sociales, la nacionalidad se obtiene por nacimiento o por naturalización.
4.           Libertad.-  Facultad y derecho de las personas para elegir de manera responsable su propia forma de actuar dentro de una sociedad, la libertad es un derecho humano básico
5.           Independencia.- es la formación o la restauración de un país inmediatamente después de la separación de otro del que sólo formaba una parte.
6.           Gobernador.-  Funcionario político o administrativo, responsable de la dirección de los estados, provincias o dependencias.
7.           Diputados.-  nombre que recibe la persona integrante de una Cámara de Diputados, Asamblea Nacional, Asamblea Legislativa o Cámara de Representantes y, en general, de un Parlamento en varios países. Su labor es discutir y aprobar las leyes que reglamentan la conducta de una sociedad dada. 
8.           Integrantes de los Ayuntamientos.-Un Presidente Municipal, Los Síndicos (de acuerdo al número de población), Los Regidores (el número que establezca la ley).
9.           Representación Estatal.-es el acto mediante el cual un representante (sea este gobernante o legislador) actúa en nombre de un representado (elector en el caso de las democracias) para la satisfacción de sus intereses.
10.       Representación  Municipal.-
11.       Ideología Partidista.- es un conjunto de ideas relacionadas entre sí, acerca de la realidad, sistema general o sistemas existentes en la práctica de la sociedad respecto a lo económico, lo social, lo científico-tecnológico, lo político, lo cultural, lo moral, lo religioso, etc. y que pretenden la conservación del sistema (ideologías conservadoras), su transformación (que puede ser radical y súbita, revolucionaria, o paulatina –ideologías reformistas–), o la restauración de un sistema previamente existente (ideologías reaccionarias).
12.       Postulación.- Petición de donativos con fines benéficos.
13.       Organizaciones Gremiales.-  Tuvo como objetivo conseguir un equilibrio entre la demanda de obras y el número de talleres activos, garantizando el trabajo a sus asociados, su bienestar económico y los sistemas de aprendizaje. Se ha sostenido que el gremio fue un precedente del sindicato moderno. 
14.       Reglas de Financiamiento.- La financiación de las formaciones políticas proviene de dos fuentes: las contribuciones de los particulares y el financiamiento público.
15.       Informes Financieros.-  Son informes que utilizan las instituciones para dar a conocer la situación económica y financiera y los cambios que experimenta la misma a una fecha o periodo determinado.
16.       Publicidad.- Difusión o divulgación de información, ideas u opiniones de carácter político, religioso, comercial, etc., con la intención de que alguien actúe de una determinada manera, piense según unas ideas o adquiera un determinado producto.
17.       Disponibilidades Presupuestales.-Es el documento mediante el cual se garantiza el principio de legalidad, es decir, la existencia del rubro y la apropiación presupuestal suficiente para atender un gasto determinado.
18.       Equidad.- Cualidad que consiste en dar a cada uno lo que se merece en función de sus méritos o condiciones.
19.       Distribución Igualitaria.- Es una cualidad que debería lograrse y estar presente en cada uno de los ámbitos en los cuales los seres humanos intervenimos, porque solamente su presencia será garantía de trato y reparto justo.
20.       Elección de Diputados de Mayoría Relativa.-  La elección por mayoría relativa es la que conocemos comúnmente como "mayoría simple", es decir, el que tenga más votos es el que gana. 
21.       Procesos Internos de Selección de Candidatos.-Los procesos internos para la selección de candidatos a cargos de elección popular son el conjunto de actividades que realizan los partidos políticos y los precandidatos acorde al Cofipe, estatutos, reglamentos, acuerdos y demás disposiciones de carácter general que aprueben los órganos de dirección de cada partido político.
22.       Tope de Gastos de Campaña.- la intención de fijar condiciones de equidad en la contienda electoral, así como para establecer límites al gasto excesivo en las campañas electorales, la ley electoral ha establecido un tope máximo de gasto de campaña para los candidatos de los partidos políticos nacionales al cargo de diputado federal, senador o Presidente de la República.
23.       Procedimientos Para la Liquidación de los Partidos.- El interventor será designado por insaculación de la lista de especialistas en concursos mercantiles con jurisdicción nacional y registro vigente que el IFECOM publique en Internet, dicha lista será sometida a la consideración de los partidos políticos y validada por la Unidad de Fiscalización en el mes de febrero de cada año y será publicada en el Diario Oficial.
24.       Estado.-Comunidad social con una organización política común y un territorio y órganos de gobierno propios que es soberana e independiente políticamente de otras comunidades.
25.       Ámbito de Competencia.- Marco en el que una autoridad puede practicar sus competencias.
26.       Cargos de Elección Popular.-La elección popular tiene lugar cuando el ciudadano otorga su voto a un candidato para que desempeñe un cargo en la administración pública municipal, estatal o federal, así como en las legislaturas locales y federal.
27.       Mensajes Contratados en el Extranjero.-
28.       Denigrar a las Instituciones.  Los partidos políticos pueden denigrar en su propaganda a sus adversarios o a las instituciones como parte de la libertad de expresión garantizada por la Constitución.
29.       Calumniar a las Personas.- consiste en la imputación falsa a una persona de la comisión de un hecho que la ley califique como delito, a sabiendas de que éste no existe o de que el imputado no es el que lo cometió.
30.       Medios de Comunicación Social.-Tradicionalmente el término se refiere a la radio, la televisión, la prensa y el cine. Se considera que son, en la actualidad, los más poderosos instrumentos para impulsar o modificar la cultura, capaces de construir o destruir.
31.       Poderes Federales.- Poder EJECUTIVO Poder LEGISLATIVO Poder JUDICIAL.
32.       Poderes Estatales.- Normas, reglamentos y leyes.
33.       Poderes Municipales.-  está vinculado a las instituciones y los organismos que permiten ejecutar las medidas de gobierno en el municipio en cuestión.
34.       Gobierno de Distrito Federal.-   es el conjunto de instituciones políticas y administrativas que rigen la capital mexicana, conforme a lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y por las demás disposiciones legales aplicables emitidas por el Congreso de la Unión y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
35.       Servicios Educativos.-  es una estructura formada por diversos componentes que permiten educar a la población. Las escuelas, las universidades, las bibliotecas y los docentes, entre otros, forman parte de este sistema.         
36.       Servicios de Salud.- la actividad que consiste en realizar una cierta acción para satisfacer una necesidad. Por lo general, los servicios implican brindar algo que no es material, a diferencia de los productos que son bienes materiales.
37.       Servicios de Protección Civil.- es un sistema por el que cada país proporciona la protección y la asistencia para todos ante cualquier tipo de desastre o accidente relacionado con esto, así como la salvaguarda de los bienes del conglomerado y del medio ambiente.
38.       Sanción por Incumplimiento.- La cláusula penal establecida suele consistir en el pago de una cantidad como indemnización por el incumplimiento, pero también pueden consistir en dar, hacer o no hacer algo para el caso de contravenir la obligación principal.
39.       Equidad de Genero.- significa que mujeres y hombres, independientemente de sus diferencias biológicas, tienen derecho a acceder con justicia e igualdad al uso, control y beneficio de los mismos bienes y servicios de la sociedad, así como a la toma de decisiones en los ámbitos de la vida social, económica, política.
40.       Autoridad Administrativa Electoral.- La autoridad electoral tiene un gran interés en asegurar que los educadores electorales tengan la información que necesiten y la distribuyan de la forma más amplia posible.
41.       Instituto Electoral de Tamaulipas.-
42.       Facultad Reglamentaria.- Es la facultad del ejecutivo de expedir normas jurídicas abstractas e impersonales para facilitar la aplicación de cada una de las leyes. Los reglamentos son normatividad, materialmente son leyes, formalmente no son leyes porque no las hizo el legislativo.
43.       Relaciones de Mando.-  es un sistema de envío de información característico de organizaciones con estructuras jerárquicas fuertes, verticales y autoritarias, como lo son las organizaciones político-partidarias y las militares, en donde las órdenes, recompensas y penalizaciones fluyen desde la punta de la pirámide organizacional a la base, y donde se espera que hacia la cima de la misma solo fluyan las informaciones requeridas, de las actividades y tareas encomendadas.
44.       Personal Calificado.- Es el que posee la autoridad, el respeto y prestigio: un especialista Calificado. Que posee los requisitos necesarios para algo, para la tarea o trabajo al que se dedica. No calificado es que le falta conocimiento o destreza para la tarea. 
45.       Servicio Profesional de la Función Electoral.- El Estado como una atribución que le corresponde de manera directa e inmediata (al margen de que pueda concitar para el ejercicio de tal atribución la participación de otros sujetos individual o colectivamente considerados).
46.       Ciudadanos Insaculados.-El procedimiento de elegir alcaldes, regidores u otros oficiales de justicia y de gobierno poniendo en un saco, bolsa o cántaro ciertas bolillas o cédulas. Es una de las forma de realizar por sorteo la elección ciega de una o más personas para los correspondientes puestos o responsabilidades.
47.       Funcionarios Electorales.-Son funcionarios electorales las personas vinculadas a un Organismo Electoral por una relación de subordinación funcional o jerárquica, permanente o temporal.
48.       Autonomía Técnica.-La autonomía técnica que implica libertad de cátedra.
49.       Finanzas de los Partidos.-Su objetivo principal es homologar los estándares con los que se organizan los procesos electorales federales y locales y así, garantizar altos niveles de calidad en nuestra democracia electoral. 
50.       Órgano técnico.- Conjunto de elementos personales que desarrollan una función típica que adquiere para ellos un sentido de finalidad, diferenciado e independizado del resto de los órganos.

51.       Renovación  escalonada.- determinación de la duración del cargo de cada magistrado.
52.       Consejero sustituto.-
53.       Reelección inmediata.- que un presidente en ejercicio pueda volver a postularse para el cargo en las elecciones inmediatamente posteriores.
54.       Convocatoria abierta.- Una convocatoria es un anuncio o un escrito con el cual se convoca a un determinado evento o acontecimiento que se producirá.

55.       responsabilidad oficial.-
56.       Empleo.- Trabajo que se realiza a cambio de un salario.
57.       Cargo.- Función de la cual una persona tiene la responsabilidad en una organización, un organismo o una empresa.
58.       Comisión remunerada.-
59.       Asociaciones docentes.-
60.       Asociaciones científicas.- asociación de profesionales, investigadores, especialistas o eruditos de una rama del conocimiento o de las ciencias en general, que les permite reunirse, exponer los resultados de sus investigaciones, confrontarlos con los de sus colegas o especialistas de los mismos dominios del conocimiento, y difundir sus trabajos a través de publicaciones especializadas.
61.       Asociaciones culturales.-
62.       Asociaciones de investigación.-  
63.       Asociaciones de beneficencia.- conjunto de instituciones que la administración pone de forma gratuita a disposición de los más necesitados para proporcionarles sustento y desarrollo físico y personal.
64.       Representante propietario.-
65.       Representante suplente.- depende para actuar de lo que estatuariamente se haya establecido, las posibilidades son varias: Actuar al tiempo con el principal o  actuar solo ante sus faltas, ausencias temporales o definitivas, etc.
66.       Normas internas del partido.- se refiere a la creación de los principios del sistema democrático en el interior de las organizaciones políticas teniendo en cuenta, los factores sociales que intervienen y sus relaciones.
67.       Geografía electoral.- es la representación gráfica en todo tipo de mapas, en los cuales se plasma total o parcialmente diversas características del territorio nacional a una escala proporcional a su dimensión real.
En esta sección encontrará los productos cartográficos básicos descargables, que permiten conocer las circunscripciones, el estado, distrito, municipio y la sección electoral.
68.       Demarcaciones de los distritos electorales.- se refiere al trazo de las líneas que definen los límites de los distritos electorales. Un distrito electoral es una unidad administrativa para el conteo de votos.
69.       Impresión de materiales electorales.- destacan la emisión de las reglas, lineamientos, criterios y formatos en materia de impresión de documentos y producción de materiales electorales.
70.       Preparación de la jornada electoral.- También se le denomina día de las elecciones;  una gran parte del electorado concentra su atención en estas horas y en la información de los resultados, sin conocer ni enterarse de la inmensa cantidad de actos preparatorios y posteriores a la jornada electoral.
71.       Cómputos electorales.- Constituyen la conclusión del proceso de escrutinio entendido en sentido amplio e implican el recuento de los votos, la transmisión y publicación de los mismos por parte de los organismos competentes y la proclamación de los candidatos ganadores o de la opción vencedora.
72.       Declaración de validez.-
73.       Otorgamiento de constancias.-
74.       Observación electoral.- es una disciplina técnica del Derecho Electoral cuyo objetivo es impedir el fraude en los plebiscitos y votaciones populares. También se le denomina logística, supervisión o monitorización electoral.
75.       Encuestas electorales.- Es una técnica de investigación social que permite conocer las opiniones y actitudes de una colectividad por medio de un cuestionario que se aplica a un reducido grupo de sus integrantes al que se denomina muestra.
76.       Sondeos de opinión.- Es una medición estadística tomada a partir de encuestas destinadas a conocer la opinión pública.
77.       Justicia electoral.- se compone de los diversos medios de impugnación o control de los actos y procedimientos electorales. Dichos medios están diseñados para garantizar la regularidad de las elecciones y que las mismas se ajusten a los principios de constitucionalidad y legalidad. Mediante la aplicación de la justicia electoral se resuelven los conflictos electorales y se corrigen eventuales infracciones a la normatividad correspondiente.
78.       Protección de los derechos políticos de los ciudadanos.- Son derechos fundamentales que tiene todo ciudadano para intervenir en actividades que se encuentren relacionadas con el Estado, en el ejercicio de la función política.
79.       Votar.- es el acto por el cual un individuo expresa apoyo o preferencia por cierta moción, propuesta, candidato, o selección de candidatos durante una votación, de forma secreta o pública. Es, por tanto, un método de toma de decisiones en el que un grupo, tal como una junta o un electorado, trata de medir su opinión conjunta.
80.       Ser votado.- Significa que puedes ser elegido para ocupar un cargo. Es el derecho que tiene un ciudadano de poder ocupar un puesto de elección popular.
81.       Derecho de asociación.- Es un derecho humano que consiste en liberar los estados del municipio y a la facultad de unirse y formar grupos, asociaciones u organizaciones con objetivos lícitos, así como retirarse de las mismas. La libertad o el derecho de asociación supone la libre disponibilidad de los miembros individuos para constituir formalmente agrupaciones permanentes o personas jurídicas encaminadas a la consecución de fines específicos.
82.       Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado. Es un órgano especializado del Poder Judicial de la Federación, encargado de resolver controversias en materia electoral y proteger los derechos político-electorales de los ciudadanos, es decir, de impartir justicia en el ámbito electoral.
83.       Recuentos totales
84.       Recuentos parciales de votación
85.       Causales de nulidad de las elecciones.- ARTICULO 75 LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACION EN MATERIA ELECTORAL.  1. La votación recibida en una casilla será nula cuando se acredite cualesquiera de las siguientes causales: a) Instalar la casilla, sin causa justificada, en lugar distinto al señalado por el Consejo Distrital correspondiente; b) Entregar, sin causa justificada, el paquete que contenga los expedientes electorales al Consejo Distrital, fuera de los plazos que el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales señale; c) Realizar, sin causa justificada, el escrutinio y cómputo en local diferente al determinado por el Consejo respectivo; d) Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección; e) Recibir la votación personas u órganos distintos a los facultados por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; f) Haber mediado dolo o error en la computación de los votos y siempre que ello sea determinante para el resultado de la votación; g) Permitir a ciudadanos sufragar sin Credencial para Votar o cuyo nombre no aparezca en la lista nominal de electores y siempre que ello sea determinante para el resultado de la votación, salvo los casos de excepción señalados en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y en el artículo 85 de esta ley; h) Haber impedido el acceso de los representantes de los partidos políticos o haberlos expulsado, sin causa justificada; i) Ejercer violencia física o presión sobre los miembros de la mesa directiva de casilla o sobre los electores y siempre que esos hechos sean determinantes para el resultado de la votación; j) Impedir, sin causa justificada, el ejercicio del derecho de voto a los ciudadanos y esto sea determinante para el resultado de la votación; y k) Existir irregularidades graves, plenamente acreditadas y no reparables durante la jornada electoral o en las actas de escrutinio y cómputo que, en forma evidente, pongan en duda la certeza de la votación y sean determinantes para el resultado de la misma.
86.       Tipificación de  los delitos electorales.- La tipificación de una determinada conducta como delito o falta electoral es algo que corresponde decidir al propio legislador, atendiendo al efecto a los criterios que estime oportunos en cada momento, criterios que varían según los países, por lo que no es extraño observar que un mismo hecho puede ser castigado como delito en un país o sancionado como falta en otro. Y se entiende como Delito Electoral aquellas acciones u omisiones que, de una u otra forma, atentan contra los principios de objetividad, transparencia, igualdad y libertad, que han de regir un sistema electoral democrático.
87.       Investigación de los delitos electorales.-
88.       Fiscalía especializada en materia electoral.-  
La Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) es el organismo de la Procuraduría General de la República responsable de atender en forma institucional, especializada y profesional, lo relativo a los delitos electorales federales contenidos en el Título Vigésimo cuarto del Código Penal Federal.
Es una de las autoridades encargadas de garantizar la equidad, legalidad y transparencia de las elecciones federales y locales en los casos que resultan de su competencia.

89.       Magistrado Presidente.-
Es la denominación utilizada para designar al juez o magistrado que preside la Corte Suprema(o Tribunal Supremo) en la mayoría de los países con sistemas jurídicos basados o influenciados por el Derecho continental.

90.       Magistrados Electorales.-
91.       Supremo Tribunal de Justicia del Estado.- vigilará que la administración de justicia en el Estado sea pronta, completa, gratuita e imparcial, dictando al efecto las medidas que fueren necesarias.

92.       Congreso del Estado.- es el órgano encargado de la elaboración de las leyes que regulan las conductas sociales en nuestra entidad, constituyéndose en Pleno Legislativo, con quórum legal, en sesiones ordinarias o extraordinarias, públicas o reservadas cuando su naturaleza lo requiera, y solemnes.
93.       Elección escalonada.-
94.       Plenitud de jurisdicción.- estriba en conseguir resultados definitivos en el menor tiempo posible, de modo que la sentencia debe otorgar una reparación total e inmediata, mediante la sustitución a la autoridad responsable en lo que ésta debió hacer en el acto o resolución materia de la impugnación, para reparar directamente la infracción cometida.
95.       Fuerza coactiva del Estado.- El Estado tiene el monopolio del uso de la fuerza coactiva para hacer cumplir lo dispuesto en el derecho, que es lo que nos indica cómo debemos comportarnos, establece pautas de comportamiento, algo común de todos los sistemas normativos. La diferencia entre un sistema normativo y uno jurídico estatal es el uso de un aparato coactivo institucionalizado. La principal manera de hacer uso de la fuerza es la sanción.
96.       Ejecutorias.- Documento público en el que se consigna una sentencia firme.
97.       Criterios de jurisprudencia.- La jurisprudencia por reiteración del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se establece cuando se sustente un mismo criterio en cinco sentencias no interrumpidas por otra en contrario, resueltas en diferentes sesiones, por una mayoría de cuando menos ocho votos.
98.       Secretario General de Acuerdos.- está dotado de fe pública. Ello significa que tienen credibilidad, juris tantum, los asientos que formulan en los expedientes, en el ejercicio sus atribuciones. Lo establecido documentariamente por los Secretarios, en ejercicio de sus funciones, tienen valor probatorio pleno, salvo prueba en contrario.
99.       Secretario de Estudio y Cuenta.- es un funcionario de un órgano jurisdiccional, ya sea juzgado, tribunal o Suprema Corte. La función del secretario es la de estudiar cualquier planteamiento jurídico que llegue al órgano jurisdiccional donde labora. Puede ser el estudio de un expediente, una demanda, un escrito de pruebas o una simple petición de copias. 
100.   Presupuesto del Poder Judicial del Estado.-

101.   Dirigencia partidista.- persona (as) que se inclina favorablemente a una ideología o grupo cuando debe ser imparcial.

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